Califican de gran victoria sentencia que obliga al Ayuntamiento entregar documentos

Cotuí, Provincia Sánchez Ramírez.-La asamblea electoral del Segundo Congreso de Desarrollo Municipal de Cotuí, celebrado en la tarde de ayer, calificó la sentencia  emitida el pasado lunes por la Cámara Civil y Comercial  del distrito judicial de Sánchez Ramírez, ordenando al ayuntamiento de esa localidad la entrega de los documentos solicitados por la sociedad civil, de “gran victoria del pueblo de Cotuí en  su lucha por transparencia y en contra de la corrupción.”

El cónclave manifestó, a través de una resolución aprobada a unanimidad que esta sentencia consolida la institucionalidad democrática del ayuntamiento de Cotuí y del Estado dominicano, a la vez que reconoció la actuación independiente y apegada a la Ley y al Derecho de la Cámara Civil y Comercial de Sánchez Ramírez, especialmente de la jueza Leticia Martínez Noboa, actuante en este recurso de amparo. “Este tribunal ha dado un alto ejemplo al país de salvaguarda de los derechos constituciones,” afirma la resolución.
El pasado lunes 28, este tribunal acogió el recurso de amparo interpuesto por la sociedad civil y ordenó mediante sentencia que el alcalde de Cotuí, Rafael Molina Lluberes entregue en un plazo de cinco días, un conjunto de documentos entre los que se incluyen el contrato de recogida y disposición de los desechos sólidos y otros servicios, las actas de procesos de sorteos y concursos de obras, servicios, de compras de insumos y equipos, las cuentas de ahorros y certificados financieros, y la relación de deudas del ayuntamiento a suplidores, contratistas y entidades financieras, y las actas de las asambleas seccionales y del Cabildo Abierto del Presupuesto Participativo.
Igualmente la resolución aprobada por el Segundo Congreso de Desarrollo Municipal de Cotuí, reconoció “por su destacada labor y valor “a los miembros del comité de seguimiento municipal, a las instituciones y ciudadanos, y a la barra de abogados que incoaron el recurso de amparo.
Ante decenas delegados de las organizaciones, los abogados Bernardina Peña Jiménez y Marcelino Rojas que formaron parte de la barra que representó a la sociedad civil en el recurso de amparo, explicaron que la sentencia emitida el pasado lunes abre la posibilidad de nuevas acciones judiciales en contra del ayuntamiento, porque si éste no entrega los documentos solicitados en el plazo fijado, incurrirá en desacato a una orden de un tribunal que conlleva presión e inhabilitación para puestos públicos.
La asamblea electoral del Segundo Congreso de Desarrollo Municipal de Cotuí, dedicado a la memoria del dirigente comunitario y ambientalista Marcos Tulio Paulino, eligió para la junta directiva del Consejo Económico y Social Municipal, la plancha número dos integrada por Salvador Jerez Lazala, presidente del sindicato de la construcción, por María Paquita Castillo dirigente del Centro de Capacitación de Mujeres Organizadas María Liberadora (CEFORMOMALI), y por representantes de diversas organizaciones y reconocidos comunicadores del municipio.
La comisión electoral estuvo integrada por Loidy Montero Pérez, de la Dirección General de Ordenamiento y Desarrollo Territorial (DGODT), el profesor José Estévez, pasado alcalde de Fantino, y por Ramón Antonio Díaz, director de la Incubadora de Empresas.
Los delegados también aprobaron por unanimidad reiterar la demanda de que el ayuntamiento de Cotuí realice de inmediato el Presupuesto Participativo Municipal y someter a las autoridades municipales ante los tribunales por reiteradas violaciones a la Ley 340-06 sobre contrataciones públicas en la concesión de las obras que han ejecutado y de las que aún están en construcción, solicitando la suspensión de estas últimas hasta que se produzca un fallo sobre la legalidad de su contratación.
También la asamblea decidió solicitar a la Junta Central Electoral (JCE) que considere la posibilidad de incluir, en las próximas elecciones del 20 de mayo del 2012, una boleta especial para que el distrito municipal de Zambrana pueda elegir a sus autoridades.